REBAJA DERECHO ESTABLECIDO EN LA LETRA D2 DEL ARTICULO 4° DEL DECRETO ALCALDICIO N° 191, DE 1994 Viña del Mar, 13 de Abril de 1994.- Esta Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.592.- Vistos: Estos antecedentes; los Expedientes Alcaldicios N°s. 754/94 y 937/94; el Decreto Alcaldicio N° 131/91; el Decreto Alcaldicio N° 191/94; el Ordinario N° 612/94 del señor Director de Tránsito y Transporte Público; la facultad establecida en el artículo 8 del Decreto Alcaldicio antes señalado y las facultades establecidas en los artículos 49 y 56 de la Ley N° 18.695;
Decreto:
I.- Rebájase el derecho establecido en la letra D2 del artículo 4° del Decreto Alcaldicio N° 191/94, en la siguiente forma: El mencionado derecho se calculará sobre la base de un porcentaje en relación con el valor del pasaje de destino más alto.
II.- El porcentaje mencionado en el acápite precedente, según la Región o el territorio de destino será el siguiente:
a) I y II Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 10%
b) III Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 12%
c) IV Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 15%
d) Región Metropolitana - V Region: _ _ 60%
e) VI Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 40%
f) VII - VIII Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ 15%
g) IX - X Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 12%
h) XI - XII Región: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 10%
i) Viajes Internacionales: _ _ _ _ _ _ 10%
III.- Notifíquese el presente Decreto Alcaldicio a las empresas usuarias del Terminal Rodoviario, conforme a las normas establecidas en el Decreto Alcaldicio N° 046-0/83.
IV.- Establécese que la rebaja antes señalada, regirá a partir de la feha del presente decreto.
Anótese, comuníquese y archívese.- Rodrigo González Torres, Alcalde.- Omer Viñales Sorich, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines correspondientes.- Saluda a usted.- Secretario.