"Artículo 1° Declárase de utilidad pública y autoriza al Presidente de la República para expropiar en favor del Cementerio General de Santiago, institución con personalidad jurídica de derecho público de conformidad al artículo 11° de la ley N° 5,115, los siguientes inmuebles, con el objeto de ampliar las galerías de nichos y la construcción de una puerta de acceso al público y recepción de cadáveres por la calle Recoleta:
1.- Avenida Recoleta N° 1510, de propiedad de don José Pizarro;
2.- Avenida Recoleta N° 1502/06, de propiedad de doña Rosa Guerrero;
3.- Avenida Recoleta N° 1404/08, de propiedad de doña Pastoriza Villalón;
4.- Avenida Recoleta N° 1402, de propiedad de doña Julia Valenzuela;
5.- Avenida Recoleta N° 1346/48, de propiedad de doña Margarita Castro, y
6.- Avenida Recoleta N° 1336, de propiedad de la Sucesión Velmir Sckarneo.
La expropiación comprenderá la totalidad de los predios indicados.