Artículo 2° Autorízase al Director de la Escuela Industrial de Constitución para que venda directamente o en pública subasta, el barco pesquero que los alumnos de la Especialidad de Carpintería de Ribera de dicho establecimiento, construyeron con fondos de la Ley de Presupuesto de 1958, debiendo invertir directamente el producido de la venta en la realización de otros trabajos similares o de los que exija el programa de instrucción correspondiente."