ESTABLECE NUEVO PLAZO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY NUMERO 11,138,
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Establécese un nuevo plazo de ciento ochenta días, a contar desde la vigencia de la presente ley, para acogerse a los beneficios de la ley N° 11,138, que autorizó al Presidente de la República para vender a los arrendatarios de predios fiscales ubicados en la comuna de San Antonio, los diversos terrenos que actualmente ocupan y en los cuales han ejecutado construcciones destinadas a la habitación".
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, siete de Septiembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Julio Philippi I.