AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ PARA TRANSFERIR AL FISCO EL SITIO DE SU PROPIEDAD QUE INDICA Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de La Cruz para transferir al Fisco el sitio de su propiedad ubicado en dicha comuna, y que figura en el rol de avalúos con el número 17-12 y en el plano de loteamiento con el N° 43 de la manzana "D", con una superficie de 556 m2., y cuyos deslindes son: al Norte, en 36,5 metros con el lote N° 42; al Sur, en 41 metros con los lotes N°s 44 y 45; al Oriente, en 15 metros con los lotes N°s 39 y 40, y al Poniente, en 15,30 metros con la Avenida 21 de Mayo. Los sitios fueron adquiridos por la Municipalidad de La Cruz, según escritura pública de fecha 1° de Agosto de 1947 ante el notario de Quillota don Arturo Ossa P. e inscrita a fojas 539, N° 1,078 del Registro de Propiedad de ese mismo año. El plano de loteamiento se encuentra protocolizado al final del Registro Propiedad del año 1947.

    Artículo 2° La transferencia que se autoriza por la presente ley es con el exclusivo objeto de que el terreno sea destinado a la construcción de un edificio para el funcionamiento de los Servicios de Correos y Telégrafos.
    En el caso de que el terreno individualizado en el artículo 1° de la presente ley se destinare a fines diversos del señalado en el inciso anterior, o si, en el plazo de dos años de promulgada la ley, no se iniciare la construcción respectiva el inmueble volverá al dominio de la Municipalidad de La Cruz."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, siete de Septiembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río Gundián.