MODIFICA DEL ARTICULO 1° DE LA LEY NUMERO 12,240, DE 1956,
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Agrégase en la nómina de predios
fiscales que se transfieren a la Caja de Previsión de
Empleados Públicos y Peridostas por el número 1° del
artículo 1° de la ley N° 12,240, el siguiente: ocupante Carmen Rosa Pulgar viuda de don Pedro Solar Leiva, dirección calle General Ibañez N° 1736 y número del rol 2,627/11".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintiocho de Septiembre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Enrique Bahamonde R.