DESAFECTA DE SU CALIDAD DE BIEN NACIONAL DE USO PUBLICO Y DESTINA A BIEN FISCAL PARTE DE LA CALLE QUE INDICA, DE LA CIUDAD DE TOME, EL QUE SERA PERMUTADO, JUNTO CON EL TERRENO QUE SEÑALA, CON OTRO, QUE TAMBIEN SE INDIVIDUALIZA, DE PROPIEDAD DEL BANCO DEL ESTADO DE CHILE, CON EL FIN DE DESTINARLO A LA PROLONGACION DE LA CALLE QUE EXPRESA, DE LA MISMA CIUDAD
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1° Desaféctase de su calidad de bien nacional de uso público y destínase a bien fiscal, parte de la calle Riquelme de la ciudad de Tomé, comuna y departamento del mismo nombre, provincia de Concepción, en una superficie de doscientos ochenta y ocho metros cuadrados veinte centímetros cuadrados (288,20 m2.) y con los siguientes deslindes: Norte, resto de la calle Riquelme; Este, propiedad fiscal; Sur y Oeste, terrenos de propiedad del Banco del Estado de Chile.
Artículo 2° Autorízase al Presidente de la República para permutar el terreno individualizado en el artículo anterior y que el más adelante se indica por un retazo de terrreno de propiedad del Banco del Estado de Chile, todos ellos ubicados en la ciudad de Tomé, de la provincia de Concepción.
El terreno de propiedad fiscal que será objeto de la permuta y contiguo al individualizado en el artículo 1° tiene una superficie aproximada de 357,80 m2. y tiene los siguientes deslindes especiales: al Norte, restos del terreno fiscal expropiado; al Este, Estero Collén; al Sur, propiedad del Banco del Estado, y al Oeste, con la parte de calle Riquelme que se desafecta de su calidad de bien nacional de uso público. Este terreno se encuentra inscrito a nombre del Fisco, en mayor extensión a fojas 322 vuelta N° 636 del Registro de Propiedad del año 1947, contiene los siguientes deslindes generales: Norte, resto de la misma propiedad; Este, Estero Collén; Sur, propiedad del Banco del Estado; Oeste, calle Riquelme.
El terrreno de dominio del Banco del Estado de Chile mide aproximadamente 18 metros por 126,06 metros, con una superficie, en consecuencia, de 1.816 m2. y deslinda al Norte, en 126,66 metros con terraza pública conlindante con la playa, con propiedad del señor Luzberto Pantoja y con propiedad del señor José Reyes; al Este, en 18 metros con calle Riquelme; al Sur, en 126,06 metros con restos de la propiedad del Banco del Estado; y al Oeste, en 18 metros, con playa del mar.
Artículo 3° El terreno que permuta el Banco del Estado tiene un valor superior en E° 412 respecto de los terrenos fiscales que recibirá por la permutación, valor que se pagará al contado por la Municipalidad de Tomé.
Artículo 4° Los terrenos que se recibirán en permuta del Banco del Estado de Chile, serán destinados por el Presidente de la República a bien nacional de uso público, para prolongación de la calle Sotomayor de la ciudad de Tomé."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, cinco de Octubre de mil novecientos sesenta.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Enrique Bahamonde R.