Artículo 72° En los casos que, con motivo de los sismos ocurridos en mayo último la Corporación de la Vivienda entregue o haya entregado en arrendamiento viviendas que no cuenten con servicios de electricidad, agua potable y alcantarillado, los cánones de arrendamiento no excederán del 50% del monto normal, mientras no se completen los servicios indicados.