Artículo 123° El Servicio Nacional de Salud, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° de la ley 13.309, venderá a la Cooperativa de Vivienda Bío-Bío, que lo destinará a la construcción de viviendas para sus asociados, el retazo de terreno que se reservó con ese objeto en la transferencia a la Municipalidad de Concepción del predio especificado en el artículo 1° de la ley mencionada.
    El retazo de terreno individualizado bajo el N° 1101/1 del Rol de Avalúos de la comuna de Concepción, inscrito a fojas 122, N° 302; 122 vuelta, N° 303, y 123, N° 304, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, correspondiente al año 1885, tiene los siguientes deslindes especiales: al Norte, en 32 metros con propiedad del Servicio Nacional de Salud; al Sur, en 23 metros, con propiedad de don Enrique Van Rysselberghe; al Oriente, en 112 metros, con propiedad del Servicio Nacional de Salud, y estando constituído por una línea recta que forma ángulo recto a los 60 metros contados desde el vértice del ángulo recto que forma con el deslinde norte y por otra recta de 9 metros de longitud que se proyecta hacia Pedro de Valdivia, formando un nuevo ángulo recto con otra línea de 52 metros de longitud que se proyecta hasta el deslinde Sur; y al Poniente, en 112 metros, con la Avenida Pedro de Valdivia, lo que hace una superficie total de 3.116 metros cuadrados.
    La venta se hará por el valor de tasación fiscal y dentro de los 60 días siguientes a la publicación de esta ley.