Artículo 164° Se declara que entre las deducciones autorizadas de los sueldos de los empleados a que se refiere el artículo 57° del decreto con fuerza de ley 338, de 5 de abril de 1960, sobre Estatuto Administrativo, se incluyen los descuentos por imposiciones y servicios de deudas contraídas con la Caja de Ahorros de Empleados Públicos, por concepto deLEY 15364
ART 16
préstamos, fianzas, seguros u otros servicios de la institución, y los organismos a que se refiere el artículo 24° de la ley 15.077, de 1962, siempre que los afectados manifiesten su voluntad por escrito.