Artículo 3° El producto del o los empréstitos se invertirán por la Municipalidad de La Cisterna en los siguientes fines:
a) Obras de saneamiento y
urbanización en la comuna  ____________  E° 95.000,00
b) Adquisición de
materiales para el servicio
de aseo e instalación de
relleno sanitario para las
basuras adquiriendo el
correspondiente terreno  _______________    35.000,00
c) Reparación de edificios
municipales y ampliaciones______________      5.000,00
d) Aporte municipal al
Cuerpo de Bomberos  ____________________      5.000,00
e) Obras de construcción y
reparación de campos
deportivos en la comuna  _______________    15.000,00
    La Municipalidad, en sesión especialmente citada al efecto y con el voto conforme de los tres cuartos de los regidores en ejercicio, determinará el orden de prelación de las obras y podrá invertir los fondos sobrantes de una obra en otra de las proyectadas y aumentar la partida consultada para una si resultare insuficiente para su total cancelación con fondos de las otras.
    Asimismo, con el voto conforme de los tres cuartos de los regidores en ejercicio podrá alterar la prelación acordada o las cantidades indicadas para cada una de las obras.