Artículo 11°. Decláranse directivos los siguientes cargos:
a) En la Secretaría y Administración General: Visitador General y Jefes de Departamentos.
b) En la Dirección de Educación Primaria y Normal: Jefes de Departamentos, Visitadores, Secretario de la Dirección, Jefes de Secciones y Asesores.
c) En la Dirección de Educación Secundaria: Jefe del Departamento Administrativo; Jefe de la Sección Escalafón y Propuestas y Secretario de la Dirección.
d) En la Dirección de Educación Profesional: Jefe del Departamento Administrativo, Secretario de la Dirección, Jefe de la Sección Escalafón y Propuestas e Inspectores de Administración.
e) En la Superintendencia de Educación Pública: Secretario Técnico, Asesor Coordinador, Jefe, Coordinadores, Jefe Sección Orientación Vocacional y Jefe Sección Estadística, Estadísticos, Asesor Pedagógico e Investigadores.