Artículo 21°. Para ser designado en los cargos de Jefe de la Sección Estadística o Estadístico, se requerirá haber aprobado cursos especializados de estadística de un año, a lo menos, en la Universidad de Chile u otra reconocida por el Estado.
    Los funcionarios en actual servicio, que fueren encasillados en dichos cargos y no contaren con el requisito señalado en el inciso anterior, deberán cumplirlo dentro del plazo de cuatro años, a contar desde el 1° de marzo de 1961.
    Para desempeñar el cargo de Jefe del Departamento de Locales, Mobiliario y Material del Ministerio deLey 14836
Art 4° N° 4
Educación Pública, se requerirá estar en posesión del título de Ingeniero Civil o Arquitecto otorgado por la Universidad de Chile u otra reconocida por el Estado.