DEJA SIN EFECTO EL DECRETO Nº 56, DE 1987. DECLARA CAMINOS PÚBLICOS, EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA VI REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA

    Núm. 791.- Santiago, 22 de agosto de 2008.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 24º del DFL Nº 850 MOP, del 12/09/97, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1964, Orgánica del MOP, y del DFL Nº 206 MOP, de 1960; la resolución Nº 520, de la Contraloría General de la República, de 1996, y el número 1 del artículo IV del DS Nº 19 Minsegpres, del 22/01/01.

    Considerando:

    Que es necesario definir las calles o avenidas urbanas que serán administradas por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
    La necesidad de actualizar y/o reformular lo establecido en el DS Nº 56, del 20/03/87.
    Que el artículo 24º del DFL Nº 850 MOP, del 12/09/97, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, y del DFL Nº 206, de 1960, permite declarar caminos públicos a dichas vías urbanas.
    Que el número 1 del artículo IV del DS Nº 19 Minsegpres, del 22/01/01, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar "Por orden del Presidente de la República" la presente declaratoria.
    Que la materia a que se refiere este decreto está exenta del trámite de toma de razón, según dictamen Nº 25440, del 03/06/2008.

    Decreto:

    1º Déjase sin efecto el DS Nº 56, del 20/03/87.
    2º Declárense caminos públicos en la VI Región del Libertador Bernardo O'Higgins todos los tramos urbanos ubicados en los centros poblados, pueblos y ciudades de las siguientes rutas:

    Ruta 5, Longitudinal Sur, Sector: Túnel Angostura - Peor es Nada. By Pass Rancagua

    Ruta 66, Cruce Longitudinal (Pelequén) - San Antonio, sector: Pelequén - Límite Regional.

    H-30, Cruce Longitudinal (Rancagua) - Doñihue - Cruce Ruta 66 (Peumo) I-50, San Fernando - Pichilemu.

Ruta Costera:

    G-80-I, Cruce Ruta 66 (Retén Atalaya) - La Rosa, sector: Límite Regional - La Rosa.

    I-500, Pichilemu - Cahuil.

    I-502, Cahuil - Bucalemu.

    I-72, Cruce Ruta I-50 (Paniahue) - Santa Cruz - Bucalemu, sector: Cruce La Capilla - Cruce Ruta I-502.


    Ruta H-10, Cruce ex Ruta 5 - Rancagua.

    Ruta H-210, Cruce H-10 - Cruce H-30.

    Ruta Decreto 480 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
N° 1, 1.1
D.O. 10.07.2018
H-27, Carretera Presidente Eduardo Frei Montalva (Carretera El Cobre), Cruce Ruta 5 - H-263.

    3º Declárense caminos públicos en las áreas urbanas de las siguientes capitales de provincia, dando continuidad a las rutas antes indicadas, a las calles o avenidas que a continuación se señalan en los tramos que se indican:

RANCAGUA:

*    El tramo urbano de la Ruta 5, Longitudinal Sur,
    desde el límite urbano Norte hasta el límite
    urbano Sur, a través de Carretera Longitudinal
    5 Sur.
*    El tramo urbano de la Ruta H-30, desde el límite
    urbano Oriente hasta su intersección con la
    Carretera Longitudinal 5 Sur, a través de Río
    Loco, Decreto 1014 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
Nº 1, 1.2
D.O. 09.08.2012
Costanera Norte Río Cachapoal.
*    El sistema vial denominado Camino Longitudinal
    Antiguo, desde límite urbano norte hasta límite
    urbano suroriente.

PICHILEMU:

*    El tramo urbano del nuevo trazado propuesto para
    la Ruta I-500, Pichilemu-Cahuil, desde el
    límite urbano Norte hasta el límite urbano
    Sur, a través de Ruta Costera Propuesta (MOP).

SAN FERNANDO:

*    El tramo urbano de la Ruta 5, Longitudinal Sur,
    desde el límite urbano Norte hasta el límite
    urbano Sur, a través de Ruta 5 Sur, incluyendo
    el desnivel que la interconecta con la Ruta I-
    50 San Fernando - Pichilemu.
*    El tramo urbano de la Ruta I-50 San Fernando -
    Pichilemu, desde el desnivel que la
    interconecta con la Ruta 5, Longitudinal Sur,
    hasta el límite urbano Sur.

    4º Declárense caminos públicos en las áreas urbanas de las siguientes ciudades, dando continuidad a las rutas antes indicadas, a las calles o avenidas que a continuación se señalan en los tramos que se indican:

BUCALEMU:

*    La interconexión vial de la Ruta I-502, Cahuil -
    Bucalemu con la Ruta I-72, Cruce Ruta I-50
    (Paniahue) - Santa Cruz - Bucalemu, desde el
    límite urbano Norte hasta el límite urbano
    Poniente, a través de Camino a Cahuil, Av.
    Caledonio Pastenes y Camino a Paredones.

PERALILLO:

*    El tramo urbano de la Ruta I-50 San Fernando -
    Pichilemu, desde el límite urbano Nororiente
    hasta el límite urbano Surponiente, a través
    de calle Javier Errázuriz y calle Caupolicán.


*    El tramo urbano de la Ruta I-60, Cruce Ruta
    90 (Ex Ruta I-50 - Población) - Cruce Ruta
    I-72 (La Quesería), desde el límite urbano
    norte al límite urbano sur, a través del
    sistema vial urbano de las calles Av. Cura
    Cornejo, Av. Rosario, calle Luis Barahona,
    Av. Manuel Rodríguez, Av. Bernardo O'Higgins
    y Av. 11 de Septiembre.

Mostazal:

*    El Decreto 1014 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
Nº 1, 1.3
D.O. 09.08.2012
sistema vial que interconecta la Ruta 5
    con la Ruta H-10, a través de: Fundo Peuco
    y Avenida Independencia, hasta el límite
    urbano sur.

Graneros:

*    El tramo urbano de la Ruta H-10, desde límite
    urbano norte hasta el límite urbano sur, a
    través de Camino Longitudinal Antiguo.

REQUÍNOA
.    El sistema vial urbano que interconectaDecreto 37 EXENTO,
OBRAS PÚBLICAS
N° 1, 1.1
D.O. 02.03.2018
    la Ruta 5 con la Ruta H-410
    (Rol propuesto), a través de: Calle
    sin nombre (conocida como Los Lirios),
    Manuel Rodríguez (H-406) y Conexión
    Propuesta (calle sin nombre).

     
    . Sistema Vial que interconecta las rutas I-72, I-86 y 90, a través de Rafael Casanova, Avda. Ramón Sanfurgo, Bernardo O'Higgins, J.J. Carvacho, Avda. Circunvalación y By Pass Santa Cruz proyectados.

    5º Las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y de los Planes Reguladores.
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Sergio Bitar Chacra, Ministro de Obras Públicas.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Weisner Lazo, Subsecretario de Obras Públicas Subrogante.