Autoriza a la Municipalidad de Chillán para contratar uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de E° 500.000, con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local; para su servicio prorroga, por el plazo que indica, los impuestos y derechos establecidos en las leyes 10.038, de 9 de noviembre de 1951, y 12.466, de 12 de agosto de 1957, y establece una contribución adicional de un dos por mil anual sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna.