RESTABLECE LA PLENA VIGENCIA DE LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY NUMERO 22, DE 1959 Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Restablécese la plena vigencia de las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 22, de 1959, que hayan sido objeto de derogaciones o modificaciones. Las normas de dicho decreto con fuerza de ley prevalecerán sobre los preceptos generales, especiales o particulares, contenidos en otras leyes o decretos con fuerza de ley o sus reglamentos.
Sin embargo, lo dispuesto en el inciso anterior no será aplicable a los artículos 62°, inciso tercero, 72, 88 y 89 del citado decreto con fuerza de ley".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dos de Febrero de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Sótero del Río Gundián.