Resolucion 1915 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 28.08.2009
    1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central del eje comprendido por Av. Pedro Aguirre Cerda, Camino Melipilla, Av. Esquina Blanca, Av. 5 de Abril y Av. Rinconada, de las comunas de Cerrillos y Maipú, en los Resolución 1195 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1 a)
D.O. 11.03.2020
tramos del mismo, que según sus sentidos de tránsito, se indican en el siguiente cuadro:
     
           
    .
    .
     
Av. 5    Las Naciones Primera  Maipú  Ambos
de Abril            Transversal      sentidos

    En el tramo comprendido entre calle Carmen y Av. Pajaritos, correspondienteResolución 1195 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1 c)
D.O. 11.03.2020
a Av. 5 de Abril, las pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros, funcionarán en el costado derecho de la calzada, según sentido de tránsito.       
    Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control; y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir funciones de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados.
    Asimismo, Resolución 83 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 23.01.2018
podrán circular por dichas pistas de uso exclusivo los buses de servicio de transporte público rural de pasajeros. Sin perjuicio de lo anterior, si estos buses circulan por Av. Pedro Aguirre Cerda, con dirección sur-norte, deberán hacer abandono de dichas pistas en el egreso situado entre calle Piloto Acevedo y Antonio Escobar Williams.
    DelResolución 4317 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 4
D.O. 20.10.2023
mismo modo, entre el 20 de octubre y el 30 de noviembre de 2023, podrán circular por estas pistas de uso exclusivo los vehículos destinados a prestar servicios de transporte para los XIX Juegos Panamericanos y VII Parapanamericanos Santiago 2023, debidamente identificados como tales por el Comité Organizador
    2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de
Señalización de Tránsito.
    3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°18.290.
    4.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.