Artículo 3° Créase en la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda, en el Presupuesto de Capital en moneda nacional, aprobado por la ley 14.514, el siguiente ítem:
"109 Derecho de Aduanas Fiscales________ E° 30.000
Esta  cantidad será excedible.
Para pago por este concepto, correspondiente a adquisiciones del Presupuesto de Capital de todos los Servicios Públicos que no tengan consultados fondos para este fin en el Presupuesto fiscal."