AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR AL CUERPO DE BOMBEROS DE MOLINA, EL INMUEBLE QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL FIN DE SER DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DEL CUARTEL DE BOMBEROS.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente al Cuerpo de Bomberos de Molina el dominio del inmueble fiscal que actualmente ocupa, ubicado en calle Independencia N° 1757, de esa ciudad, de 20,60 metros de frente por 29,45 metros de fondo y cuyos deslindes son: al Norte, con propiedad de Eliseo Casas Cordero; al Sur, con la Oficina de la Dirección General de Pavimentación; al Oriente, con calle Independencia, y al Poniente, con propiedad de Alamiro Bravo.
    El inmueble que se transfiere forma parte de la propiedad que adquirió el Fisco por compra, según escritura otorgada ante el notario y Conservador interino de Molina, don Demetrio Angulo, el 26 de julio de 1883, la cual se encuentra inscrita a fojas 11, N° 52, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esa ciudad, correspondiente al referido año y cuyos deslindes generales son: al Norte, con Francisco Vergara Rencoret; al Sur, con calle del Quilo; al Oriente, con calle Independencia, y al Poniente, con Rosa David de Martínez.
    La propiedad que se transfiere se destinará al funcionamiento del Cuartel de Bomberos de Molina y en caso de dársele un destino distinto, su dominio volverá al Fisco."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, veintiocho de septiembre de mil novecientos sesenta y uno.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.-
Sótero del Río.