Artículo 3° El producto del o los empréstitos deberá invertirse en la comuna de Coyhaique en el orden que se indica, en los siguientes fines:
a) Para la construcción del Mercado
Municipal y oficinas _________________ E° 75.000
b) Aporte a un Plan de Pavimentación
que será ejecutado por la Dirección
Urbana de acuerdo con la ley 8.946____ 75.000
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TOTAL _________________________ E° 150.000
El aporte a que se refiere la letra b) se depositará en una cuenta especial del Banco del Estado de Chile sobre la cual girará el Director de Pavimentación Urbana para la atención de dichos trabajos.
Los pagos que efectuén los vecinos por las obras ejecutadas con este aporte, ingresarán de nuevo a los recursos de pavimentación de la comuna de Coyhaique.