Artículo 4° En el caso de que en la terminación de las obras contempladas en algunas de las letras del artículo anterior se invertieran menos fondos que los que en ella se consultan, los excedentes se destinarán, previo acuerdo de los dos tercios de los regidores en ejercicio, íntegra y exclusivamente a pavimentación de calles y veredas en la comuna y mejoramiento del Matadero Municipal.