AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR A TITULO GRATUITO, A LA CRUZ ROJA CHILENA, EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, UBICADO EN SAN ANTONIO; DEROGA LAS LEYES 7.119, DE 25 DE OCTUBRE DE 1941, y 8.583, DE 9 DE OCTUBRE DE 1946.
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Cruz Roja Chilena, el dominio de un terreno fiscal de cuatrocientos noventa metros (190 m2), cuadrados, ubicado en el puerto de San Antonio, comuna y departamento de San Antonio, provincia de Santiago, inscrito en mayor cabida a nombre del Fisco, a fs. 145 vta., número 283, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio, correspondiente al año 1918, y comprendido en los siguientes deslindes: Norte, cerro fiscal destinado a plantaciones bajo la dirección de la Administración del Puerto, en 28 metros; Este, propiedad de Don Eliseo Osorio, en 17,50 metros; Sur, calle Pedro Montt, con frente a la Plaza de San Antonio, en 28 metros, y Oeste, cerro fiscal para plantaciones, en 17,50 metros.
    Artículo 2° Deróganse las leyes 7.119, de fecha 25 de octubre de 1941, y 8.583, de fecha 9 de octubre de 1946."
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, nueve de octubre de mil novecientos sesenta y uno.-
    JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Julio Philippi.