DESAFECTA DE SU CALIDAD DE BIEN NACIONAL DE USO PUBLICO EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, UBICADO EN PLAYA ANCHA; ATRIBUYE SU DOMINIO A LA UNIVERSIDAD DE CHILE, CON EL FIN DE QUE SEA DESTINADO POR ELLA A LA CONSTRUCCION DEL INSTITUTO PEDAGOGICO, LOS DEPARTAMENTO REPARTICIONES Y LICEOS EXPERIMENTALES DE VALPARAISO, DEPENDIENTE DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y EDUCACION.
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1° Desaféctase del régimen del dominio nacional de uso público el terreno situado en Playa Ancha, de la ciudad de Valparaíso y que forma parte integrante del Parque Alejo Barrios, a que se refiere el decreto municipal 429, de fecha 19 de abril de 1961, dictado en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Ilustre Municipalidad de Valparaíso en sesión extraordinaria de 30 de marzo del mismo año.
Artículo 2° Atribúyese el dominio de dicho terreno a la Universidad de Chile, para destinarlo a la construcción del Instituto Pedagógico, los Departamentos, Reparticiones y Liceos Experimentales de Valparaíso, dependientes de la Facultad de Filosofía y Educación y autorízase al Alcalde de Valparaíso para que otorgue y suscriba la escritura pública respectiva.
Además, la Municipalidad de Valparaíso deberá ceder a la Universidad de Chile los derechos que tenga o pueda tener sobre el terreno objeto de esta ley, por el precio de quince mil escudos E° 15.000.
Artículo 3° Los estudios, anteproyectos y proyectos de arquitectura o urbanismo relacionados con las construcciones a que se refiere el artículo precedente deberán resolverse precisamente por concurso público en conformidad a los Reglamentos de Concursos del Colegio de Arquitectos.
Las construcciones que se ejecuten sólo podrán realizarse por empresas o sociedades constructoras con sede o domicilio en Valparaíso, previa petición de propuestas públicas en conformidad al Reglamento de Obras Públicas contenido en el decreto 1968, del Ministerio de Obras Publicas, publicado en el "Diario Oficial", de 1° de enero de 1953, y sus posteriores modificaciones."
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, once de octubre de mil novecientos sesenta y uno.-
JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Julio Philippi.