Artículo 2° Atribúyese el dominio de dicho terreno a la Universidad de Chile, para destinarlo a la construcción del Instituto Pedagógico, los Departamentos, Reparticiones y Liceos Experimentales de Valparaíso, dependientes de la Facultad de Filosofía y Educación y autorízase al Alcalde de Valparaíso para que otorgue y suscriba la escritura pública respectiva.
    Además, la Municipalidad de Valparaíso deberá ceder a la Universidad de Chile los derechos que tenga o pueda tener sobre el terreno objeto de esta ley, por el precio de quince mil escudos E° 15.000.