REEMPLAZA EL ARTICULO 516° DEL CODIGO DEL TRABAJO.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Reemplázase el artículo 516° del Código del Trabajo por el siguiente:
"Artículo 516° El Juzgado de La Serena tendrá jurisdicción en el departamento de Coquimbo; el de Concepción en el de Talcahuano; el de Osorno, en el de Río Negro, y el de Puerto Montt, en el de Puerto Varas".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintiséis de octubre de mil novecientos sesenta y uno.-
JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Enrique Ortúzar.