Artículo 3.o Introdúcense en el DFL. N.o 98, de 3 de Marzo de 1960, las siguientes modificaciones a su artículo 2.o, letra C que contiene la Planta Permanente de Empleados Civiles de la Armada:
    1) Reemplázase el "Escalafón Administrativo de la Armada" establecido en el N.o 6 de dicho artículo -Personal Administrativo- por el siguiente:
  5 Empleados Administrativos,  Va. categoría.
  15 Empleados Administrativos, VIa. categoría.
  28 Empleados Administrativos, 2.o  grado.
  38 Empleados Administrativos, 4.o  grado.
  47 Empleados Administrativos, 6.o  grado.
  30 Empleados Administrativos, 8.o  grado.
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163
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    2) Reemplázase el "Escalafón de Dibujantes" establecido en el mismo número, por el siguiente: 1 Dibujante,  VIa. categoría.
  2 Dibujantes, VIIa. categoría.
  3 Dibujantes, 2.o grado.
  4 Dibujantes, 4.o grado.
  6 Dibujantes, 6.o grado.
  5 Dibujantes, 8.o grado.
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  21
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    3) Agrégase al final un número ocho con el epígrafe "Escalafones en extinción", y créanse dentro de él los siguientes escalafones:
ESCALAFON DEL SERVICIO DE FAROS
  3 Empleados de Faros, VIa. categoría.
  6 Empleados de Faros, 2.o grado.
  3 Empleados de Faros, 4.o grado.
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  12
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ESCALAFON DE SERVICIOS ESPECIALES
  2 Empleados de Servicios Especiales, Va.
    categoría.
  2 Empleados de Servicios Especiales, VIa.
    categoría.
  3 Empleados de Servicios Especiales, 2.o
    grado.
  5 Empleados de Servicios Especiales, 4.o
    grado.
  11 Empleados de Servicios Especiales, 8.o
    grado.
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  23
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ESCALAFON DE GRABADORES
  1 Grabador, VIa. categoría.
  1 Grabador, 2.o grado.
  3 Grabadores, 4.o grado.
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  5
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    4) Créanse en el número 7 -Personal que no forma Escalafón (Administrativo)- inmediatamente después de "1 Sub-Contralor IVa. categoría", los siguientes cargos:
  4 Inspectores de la Contraloría de la
    Armada, Va. categoría.