MODIFICA EN LA FORMA QUE INDICA, LAS LETRAS Ñ Y O, AMBAS DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO N° 1.230, DE 1989
    Núm. 946 exento.- Santiago, 17 de septiembre de 2008.- Vistos: el oficio ordinario Nº 9705, de 10 de julio de 2008, del Director Nacional de Aduanas, y sus antecedentes; y

    Teniendo presente:

    Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º. 9º y 11 de la Ordenanza de Aduanas, en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    Artículo único: Modifícanse en la forma que se indica, las letras Ñ y O, ambas del artículo 3º del decreto supremo Nº 1.230, de 1989, del Ministerio de Hacienda:

    1.- Suprímese el actual número 2, de la letra Ñ, correspondiente al punto habilitado Puerto Cisnes actualmente sujeto a la jurisdicción de la Aduana de Coyhaique, pasando el actual número 3. a ser número 2. y así sucesivamente; y

    2.- Agrégase el siguiente número 2. a la letra O, sujeto a la jurisdicción de la Aduana de Puerto Aysén:

    2. Puerto Cisnes  Ocasional Paso de personas y todo tipo de operaciones aduaneras.".

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, María Olivia Recart Herrera, Subsecretaria de Hacienda.