Establece feriado el 31 de octubre, Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.

La ley se originó en moción de diputados y establece que cuando esta fecha corresponda a un día miércoles, el feriado se trasladará al viernes de la misma semana, y cuando corresponda a un día martes se trasladará al viernes de la semana anterior.

LEY NÚM. 20.299

ESTABLECE FERIADO EL 31 DE OCTUBRE, DÍA NACIONAL DE LAS IGLESIAS EVANGÉLICAS Y PROTESTANTES

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en las mociones de las Diputadas Alejandra Sepúlveda Orbenes y Carolina Goic Boroevic y de los Diputados Alberto Robles Pantoja, Enrique Accorsi Opazo, Pedro Araya Guerrero, Eduardo Díaz del Río, Marcos Espinosa Monardes, Carlos Abel Jarpa Wevar, Fernando Meza Moncada, Jaime Mulet Martínez, Sergio Ojeda Uribe, Carlos Olivares Zepeda, Jorge Sabag Villalobos, Roberto Sepúlveda Hermosilla, Alejandro Sule Fernández, Mario Venegas Cárdenas y Samuel Venegas Rubio.

    Proyecto de Ley:


    "Artículo 1°.- Declárase feriado el día 31 de octubre, por conmemorarse el Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.

    Artículo 2°.- Trasládase el feriado señalado en el artículo anterior al día viernes de la misma semana en caso de corresponder el 31 de octubre a día miércoles, y trasládase al día viernes de la semana inmediatamente anterior en caso de corresponder dicha fecha a día martes.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 10 de octubre de 2008.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.- José Antonio Viera-Gallo Quesney, Ministro Secretario General de la Presidencia.- María Olivia Recart Herrera, Ministra de Hacienda (S).
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Felipe Harboe Bascuñán, Subsecretario del Interior.