"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Peñaflor para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, uno o más empréstitos que produzcan hasta la cantidad de E° 55.000 (cincuenta y cinco mil escudos) al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.