MODIFICA DECRETO Nº 533, DE 2006
Núm. 767.- Santiago, 24 de junio de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto supremo Nº 533, de 15 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, y en la resolución Nº 520, de 1996, que fijó el texto refundido de la resolución Nº 55, de 1992, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que, mediante decreto supremo Nº 533, de 2006, del Ministerio del Interior, se creó la Comisión Asesora Presidencial para la Formulación y Ejecución de las Políticas de Derechos Humanos, destinada a asesorar a la Presidenta de la República en el estudio, formulación y ejecución de las políticas de derechos humanos referidas a las acciones y programas de apoyo y reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos y sus familiares, especialmente a las familias de ejecutados políticos y detenidos desaparecidos, y en la identificación de acciones y medidas que el Gobierno, dentro de su ámbito de competencias y como de colaborador de la acción de la justicia, pueda impulsar para contribuir al avance de las situaciones todavía pendientes relativas a ubicación de las personas detenidas o secuestradas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990 y de la identificación de los restos de quienes fueron inhumados ilegalmente.
2.- Que, la integración de la citada Comisión debe ser modificada en atención a que algunos de los cargos señalados en el artículo 4º del referido decreto, actualmente son ejercidos por otros titulares.
3.- Que, por su parte, y considerando la importancia de las labores desarrolladas por la Comisión, se ha estimado conveniente ampliar el plazo para el desarrollo de su cometido.
4.- Que, en virtud de lo anterior, resulta necesario modificar el decreto antes citado.
Decreto:
Artículo único. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo Nº 533, de 2006, del Ministerio del Interior, que crea la Comisión Asesora Presidencial para la Formulación y Ejecución de las Políticas de Derechos Humanos:
1.- En su artículo 4º, reemplázanse a las siguientes personas: Verónica Baraona del Pedregal y Lissette García Bustamante por Jorge Frei Toledo y Mario Ossandón Cañas, respectivamente.
2.- En su artículo 7º, sustitúyase el inciso segundo por el siguiente:
"La Comisión desarrollará su cometido hasta el 10 de marzo de 2010.".
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Carlos Maldonado Curti, Ministro de Justicia.- Osvaldo Andrade Lara, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- María Soledad Barría Iroume, Ministra de Salud.