AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR HASTA LA SUMAS E° 30.000 EN LA EJECUCION DE DIVERSAS OBRAS DE ADELANTO LOCAL EN LA COMUNA DE NACIMIMENTO.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de E° 30.000 en obras de adelanto en la comuna de Nacimiento.
    El gasto que demande la aplicación de este artículo se imputará al mayor ingreso producido en la Cuenta A-35-e) del Cálculo de Entradas de la Nación, aprobado por la ley 14.821.

    Artículo 2° La suma que destina el artículo precedente se invertirá en los siguientes fines:

a) Aporte a la Dirección de Pavimentación
    Urbana para la ejecución de obras
    de pavimentación en diversas calles de
    la ciudad ____________________________ E°  20.000
b) Aporte a la Dirección de Obras
    Sanitarias para la ampliación de la
    red de alcantarillado ________________      5.000
c) La Municipalidad aportará a la Empresa
    Eléctrica La Frontera para la
    ampliación de la red de alumbrado
    Público ______________________________      5.000
                                          ------------
                                          E°  30.000"
                                          ============


    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, dieciséis de octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.