AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR HASTA LA SUMAS E° 30.000 EN LA EJECUCION DE DIVERSAS OBRAS DE ADELANTO LOCAL EN LA COMUNA DE NACIMIMENTO.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de E° 30.000 en obras de adelanto en la comuna de Nacimiento.
El gasto que demande la aplicación de este artículo se imputará al mayor ingreso producido en la Cuenta A-35-e) del Cálculo de Entradas de la Nación, aprobado por la ley 14.821.
Artículo 2° La suma que destina el artículo precedente se invertirá en los siguientes fines:
a) Aporte a la Dirección de Pavimentación
Urbana para la ejecución de obras
de pavimentación en diversas calles de
la ciudad ____________________________ E° 20.000
b) Aporte a la Dirección de Obras
Sanitarias para la ampliación de la
red de alcantarillado ________________ 5.000
c) La Municipalidad aportará a la Empresa
Eléctrica La Frontera para la
ampliación de la red de alumbrado
Público ______________________________ 5.000
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E° 30.000"
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Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, dieciséis de octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.