"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Quintero para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, uno o más empréstitos que produzcan hasta la suma de cincuenta mil escudos (E° 50.000), al interés bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en un plazo no superior a diez años.