AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE A LA PARROQUIA DEL ESPIRITU SANTO, DE SAN MIGUEL, EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL FIN DE CONSTRUIR EN ELLA UNA ESCUELA GRATUITA.
    Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    Proyecto de ley:

    "Artículo único. Desáfectase de su calidad de bien nacional de uso público y autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Parroquia del Espíritu Santo de San Miguel, un terreno de una superficie de mil setenta y un metros cuadrados cincuenta y seis decímetros cuadrados (1.071,56 m2.) ubicado en la Población "El Pinar", Paradero 5 de la Avenida Vicuña Mackenna, de la comuna de San Miguel, departamento y provincia de Santiago, con los siguientes deslindes: Norte, calle Castelar Norte, en 9,8 mts.; Este, calle San Juan, en 62 mts.; Sur, calle Castelar Sur, en 25,8 mts., y Oeste, propiedad ocupada por la Escuela y Parroquia del Espíritu Santo, en 60,2 mts.
    La Parroquia beneficiada deberá destinar el terreno que se le transfiere al funcionamiento de una Escuela gratuita. Si se destinare el terreno a otros fines, éste volverá al dominio del Fisco".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, diecisiete de octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Julio Philippi.