CONCEDE FRANQUICIAS TRIBUTARIAS A LA INMOBILIARIA ESCOLAR FEDERICO FROEBEL SOCIEDAD ANONIMA Y LE CONDONA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS, INTERESES PENALES, SANCIONES Y MULTAS QUE PUEDA ADEUDAR POR LOS CONCEPTOS QUE SEÑALA.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Libérase a la Inmobiliaria Escolar Federico Froebel Sociedad Anónima del pago de todo impuesto, tasa o derecho, fiscal, municipal y de cualquiera naturaleza que afecten y puedan afectar a los presupuestos o contratos de edificación o cualquier acto jurídico que celebre y que diga relación exclusivamente con el cumplimiento de sus fines, conforme a sus estatutos aprobados por decreto supremo de Hacienda 12.650, de 19 de agosto de 1959.
Condónase a la referida Inmobiliara el pago de los impuestos, intereses penales, sanciones y multas que pueda adeudar a la fecha de vigencia de la presente ley, por concepto de presupuestos o contratos de edificación celebrados en conformidad a sus finalidades".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintinueve de octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.