ESTABLECE FORMA DE DAR CUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN ESTABLECIDA EN EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 5º DE LA LEY Nº 20.241, SOBRE AQUELLA PARTE DE LOS DESEMBOLSOS EFECTUADOS EN CONTRATOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO QUE NO HAYA SIDO FINANCIADA CON RECURSOS PÚBLICOS
    Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 130, del 17 de octubre de 2008, que establece:

    Establece forma de dar cumplimiento a la obligación establecida en el inciso final del artículo 5º de la ley Nº 20.241, en virtud de la cual los contribuyentes que utilicen el beneficio tributario establecido en este mismo artículo deben informar al Servicio de Impuestos Internos aquella parte de los desembolsos efectuados en contratos de investigación y desarrollo que no haya sido financiada con recursos públicos.
    El texto íntegro de esta resolución está publicado en el sitio Web del Servicio de Impuestos Internos en Internet www.sii.cl y, además, aparecerá en el Boletín del SII en octubre de 2008.