MODIFICA EL INCISO 1° DEL ARTICULO UNICO DE LA LEY 14.311, DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1960, QUE CONCEDIO PENSION DE MONTEPIO A DOÑA EMMA E. VIDELA VIUDA DE CASTILLO.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. Agrégase al final del inciso 1° del
artículo único de la ley 14.311, después de una coma, la siguiente frase: "y con arreglo a la Ley de Montepío Militar".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintinueve de octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.