Consagra el pago, a partir del 1 de enero de 2008, de tres tipos de bonificaciones al personal que se desempeña en la Corporación Nacional Forestal (CONAF).

Las asignaciones serán de estímulo a la eficiencia institucional, asociada al cumplimiento de metas, que fijará un convenio que la entidad suscribirá con el Ministerio de Agricultura. La segunda será una Asignación Especial que recibirán quienes se desempeñan en las Áreas Silvestres Protegidas y la tercera la percibirán quienes ejerzan cargos directivos.

Para acceder al pago de la asignación de estimulo, los trabajadores deberán haber prestado servicios sin solución de continuidad en la institución, durante a lo menos seis meses del año calendario inmediatamente anterior y encontrarse, además, en funciones a la fecha del pago de la cuota correspondiente.

    Artículo 3° transitorio.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley, será financiado con los recursos contemplados en el presupuesto vigente de la Corporación Nacional Forestal. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-24-03.104 de la partida del Tesoro Público, podrá, adicionalmente, suplementar dicho presupuesto, en la parte de dicho gasto que no pudiere financiarse con los recursos de la Corporación Nacional Forestal.