AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MAGALLANES PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE AL FISCO EL TERRENO QUE INDICA, UBICADO EN PUNTA ARENAS, CON EL FIN DE QUE ESTE LO TRANSFIERA, A SU VEZ, A TITULO GRATUITO, A SUS ACTUALES OCUPANTES; DEBERA DESTINAR, ADEMAS, EL RETAZO QUE SEÑALA PARA LA CONSTRUCCION DE UN RETEN DE CARABINEROS, UN GRUPO ESCOLAR Y UN CONSULTORIO DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD.
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Magallanes para transferir gratuitamente al Fisco el terreno de propiedad municipal denominado Hijuela "Río de la Mano", de Punta Arenas, inscrito a nombre de dicha Municipalidad a fs. 306, N° 548, del Registro de Propiedad del año 1943, del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas.
Artículo 2° La transferencia gratuita que se autoriza por la presente ley es con el exclusivo objeto de que el terreno sea transferido gratuitamente a su vez a sus actuales ocupantes que han construido en él viviendas con autorización municipal. Además, el Fisco podrá reservar una superficie de 3.182 m2. para la construcción de un Retén de Carabineros y las superficies necesarias para construir un Consultorio del Servicio Nacional de Salud y un Grupo Escolar.
Artículo 3° Si por cualquier causa el predio individualizado en el artículo 1° se destinare a fines diversos del señalado en el artículo anterior, por el solo ministerio de la ley quedará resuelta la transferencia gratuita y el dominio del inmueble volverá a la Municipalidad de Magallanes".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veinte de noviembre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Julio Philippi.