Artículo 13.o- Para optar a los cargos de la Planta Administrativa del Servicio de Tesorerías, se requerirá acreditar que se está en posesión de la Licencia Secundaria o de estudios equivalentes calificados por el Ministerio de Educación Pública, y rendir una prueba de suficiencia.
    Estas exigencias no serán aplicables a los ex funcionarios del Servicio de Tesorerías que sean reincorporados a esta repartición, siempre que antes de la dictación de la presente ley, hubieren desempeñado por más de tres años el cargo de Tesorero Provincial, hayan sido calificados en Lista Uno, de Mérito, durante sus tres últimos años de servicios,. y reúnan los demás requisitos que al efecto exige el Estatuto Administrativo.