Artículo 45.o- El personal que ingrese a los Servicios de Impuestos Internos, Tesorerías, Aduanas y Consejo de Defensa del Estado en el último grado de cualquier escalafón, se considerará designado a contrata durante los primeros doce meses de servicios. Durante este período el Jefe del Servicio por resolución fundada podrá poner término a sus funciones.
    Para los efectos de este artículo se considerará último grado de cada escalafón, el último en que existan vacantes.