DISPONE FONDOS PARA LA CONSTRUCCION DE LA CASA DEL DEPORTISTA Y AMPLIACION DEL ESTADIO PUBLICO MUNICIPAL Y DEL ESTADIO ACUATICO, DENOMINADO "PISCINA GODOY", TODOS UBICADOS EN LA CIUDAD DE IQUIQUE.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo único. A partir del 1° de enero de 1963, el Ministerio del Obras Públicas, con cargo a los fondos provenientes del artículo 33° de la ley 11.828, deberá terminar la construcción definitiva de la Casa del Deportista en Iquique y las ampliaciones en el Estadio Público Municipal y la del Estadio acuático de uso público "Piscina Godoy", en la misma ciudad".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, diecisiete de diciembre de mil novecientos sesenta y dos.- SOTERO DEL RIO GUNDIAN.- Ernesto Pinto.