Artículo 5° Se autoriza a la Corporación de la Vivienda para modificar sus presupuestos a fin de atender al pago del mayor gasto de la bonificación para el personal de su Planta Administrativa y Servicios Menores y se faculta al Presidente de la República para ordenar los traspasos necesarios sin sujetarse a las limitaciones que impone la Ley Orgánica de Presupuestos".