DEROGA DECRETO Nº 529, DE 1994. ASIGNA Y AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE INDICA DEL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO

    Núm. 1.224 exento.- Santiago, 12 de septiembre de 2008.- Vistos: Estos antecedentes; los artículos Nºs. 1, 2 y 3 del D.L. Nº 799, de 1974, y sus modificaciones; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio circular Nº 26, de 2003, de los Ministros de Hacienda y del Interior, y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
    Considerando: Que en atención a la naturaleza de las funciones que debe cumplir el Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo, se debe autorizar la circulación en días sábado, domingo y festivos, con exención del disco fiscal, del vehículo que se indicará, de dicho Servicio,

    Decreto:


    Artículo 1º.- Asígnase para el uso preferente de la Dirección Regional de Turismo de la Región MetropolitanaDecreto 633 EXENTO,
ECONOMÍA
Art. 3
D.O. 29.10.2016
, el siguiente vehículo destinado al cumplimiento de las funciones propias de su cargo y con autorización para circular los días sábado, domingo y festivos, exento de la obligación del uso del disco fiscal distintivo:

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    El vehículo se guardará en el estacionamiento interior del Mercado de Providencia, Avda. Providencia Nº 1550.

    Artículo 2º.- Derógase el decreto supremo Nº 529, de 1994, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Hugo Lavados Montes, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamante a usted, Jean Jacques Duhart Saurel, Subsecretario de Economía.