DECLARA EXENTA DEL IMPUESTO QUE INDICA LA DONACION DE UN TERRENO Y EDIFICIOS EN EL EXISTENTES HECHA EN FAVOR DEL CUERPO DE BOMBEROS DE GRANEROS.
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
    PROYECTO DE LEY:

    "Artículo único. Se declara exenta del impuesto establecido por la ley 5.427 sobre Herencias, Asignaciones y Donaciones, que harán en favor del Cuerpo de Bomberos de Graneros don José Francisco, don Jorge y don Eugenio Correa Montt, de un retazo de terreno y edificios allí existentes, comprendido dentro de los siguientes deslindes especiales: Norte, en 29 metros con Avenida La Compañía; Sur, en la misma dimensión con propiedad de los donantes; Este, en 60 metros con propiedad de los donantes, y Oeste, en 60 metros con propiedad de don Eduardo Berríos y otros.
    Este retazo es parte del inmueble de mayor extensión, denominado Hijuela N° 1 del Fundo Los Torunos, inscrito a fojas ochocientos ochenta y siete, número 1.097 del Registro de Propiedad del año 1949 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, doce de julio de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna.