Artículo 8°.- Los postulantes deberán acompañar para que sea admisible su postulación los siguientes antecedentes:
a) Una carta de intención del postulante que indique los motivos por los que postula a la beca, la relación entre los estudios anteriores con los estudios a realizar en el extranjero y la utilidad que tiene para su futuro y para el desarrollo del país los estudios que desea efectuar en el extranjero.
b) Una propuesta específica de trabajo del postulante.
c) Una carta de referencias de algún académico o empleador del postulante.
d) El currículum vitae del postulante.
e) El certificado de Título Técnico de Nivel Superior del postulante.
f) Llenar el Formulario de Postulación disponible en el sitio web que dispondrá la División de Educación Superior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, los postulantes deberán suscribir los documentos que establezca el presente Reglamento a objeto de garantizar el retorno a Chile una vez concluido el programa de pasantías.