APRUEBA ENMIENDA Nº 6 Y MODIFICA ORDENANZA AL PLAN REGULADOR COMUNAL
Núm. 3.932/08.- La Serena, 23 de octubre de 2008.- Vistos y Considerando: El Plan Regulador Comunal de La Serena, aprobado mediante Decreto Alcaldicio Nº 498/2004 de 2 de Julio de 2004 y publicado en el Diario Oficial con fecha 5 de agosto de 2004; la Sesión Ordinaria Nº 683 de 5 de diciembre de 2007 del Concejo Municipal, en la cual se acordó iniciar los trámites para la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; cartas remitidas a las organizaciones territoriales informando a los vecinos acerca del proceso de la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; publicaciones efectuadas en el diario "El Día" de la IV Región, de fecha 24 de enero de 2008 y 31 de enero de 2008, informando la realización de la Primera Audiencia Pública para dar a conocer las implicancias de la Enmienda Nº6; la Audiencia Pública realizada el día 1º de Febrero de 2008, en la cual se expuso a la comunidad sobre el proceso de Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; La Sesión Extraordinaria del Consejo Económico Social Comunal efectuada el día 20 de marzo de 2008; el Decreto Alcaldicio Nº 1764/08 de 13 de mayo de 2008 que ordena la exposición al público de la Enmienda Nº6 al Plan Regulador de La Serena; el Decreto Alcaldicio Nº 1827/08 de 20 de mayo de 2008 que modifica la fecha de exposición al público; El Ordinario Nº 598/03 de 16 de mayo de 2008 de Secplan, solicitando la modificación del Decreto Alcaldicio Nº 1764/08 de 13 de mayo de 2008 en cuanto a la fecha de exposición; las publicaciones efectuadas con fecha 22 y 29 de mayo de 2008 en el diario El Día de la IV Región, informando la exposición al público de la Enmienda Nº6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; la exposición al Público de la Enmienda Nº6 al Plan Regulador Comunal de La Serena, efectuada en el Patio Colonial del Edificio Consistorial de la Municipalidad de La Serena, calle Prat Nº 451, desde el día 30 de mayo hasta el día 28 de Junio de 2008, las cartas enviadas a diferentes organizaciones territoriales para informar acerca de la realización de la Segunda Audiencia Pública; las publicaciones efectuadas con fecha 23 y 30 de julio de 2008 en el diario El Día de la IV Región, informando la realización de una Segunda Audiencia Pública relativa a la tramitación de la Enmienda Nº6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; la Segunda Audiencia Pública efectuada el día Miércoles 6 de agosto de 2008, respecto de la Enmienda Nº6 al Plan Regulador Comunal de La Serena, certificado de fecha 2 de octubre de 2008 del Secretario Municipal de La Serena, dejando constancia que durante el plazo comprendido entre el 7 de agosto y el 21 de agosto de 2008, no ingresaron al municipio observaciones al Proceso de Enmienda Nº 6; la Sesión Extraordinaria del Consejo Económico Social Comunal efectuada el día 27 de agosto de 2008, en el salón de ceremonial y protocolo del Edificio Consistorial de la Municipalidad de La Serena, en la cual se expuso la Enmienda Nº6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; La Sesión Ordinaria Nº 717 del Concejo Comunal efectuada el día 3 de septiembre de 2008, en la cual se acordó aprobar la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de La Serena, El Ordinario Nº1264/03 de 16 de octubre de 2008 de Secplan, mediante el cual se solicita la dictación del Decreto Alcaldicio aprobatorio de la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de La Serena; el Decreto Alcaldicio Nº3422/08 de 17 de septiembre de 2008, que nombra a don José Manuel Peralta León como Alcalde Subrogante de La Serena; DDU 167. Circular Ordinario Nº 0192 de 13 de abril de 2006 del Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; La Ley General de Urbanismo y Construcciones, especialmente su artículo 45; La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, especialmente sus artículos 2.1.11 y 2.1.13; La Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y las facultades propias de mi cargo:
Decreto:
1.- Apruébese la Enmienda Nº6 al Plan Regulador
Comunal de La Serena, conformado por su Memoria
Explicativa, texto resolutivo y tabla de zona
modificada, cuyos ejemplares se adjuntan y se entienden
forman parte integrante del presente Decreto Alcaldicio,
y en consecuencia, efectúense las siguientes
modificaciones a la Ordenanza Local del Plan Regulador
Comunal de La Serena:
A.- Incorpórese a la Zona Zoduc 12, dentro del Uso de Suelo de equipamiento autorizado, la clase "educación", exceptuándose los "centros de rehabilitación conductual", previo cumplimiento de los requisitos que se señalan y bajo las condiciones urbanísticas que se establecen. Con el objeto anterior, agréguese el siguiente texto después del último párrafo de la "Zona E-12, Zona de Desarrollo Urbano Condicionado (Zoduc) Cerro Grande" del Artículo 73, "Zonas Especiales", Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena:
"Equipamiento Educacional
Se permite el Equipamiento educacional independientemente de un proyecto de loteo o de edificación acogida a ley de Copropiedad Inmobiliaria, exceptuándose los centros de rehabilitación conductual, sólo cumpliendo con los siguientes requisitos:
1.- Que se emplace frente una vía troncal de perfil oficial mínimo de 30 mt.
2.- El proyecto deberá emplazarse dentro del territorio operacional de una empresa de servicios sanitarios.
Condiciones Urbanísticas para Equipamientos Educacionales que cumplan con los requisitos anteriores 1º y 2º.
Subdivisión mínima
para equipamiento : 1000 m2
Frente predial mínimo
para equipamiento : 25 m.
Coef máx. ocupación
de suelo : 0,7
Coeficiente máximo
de constructibilidad : 2,1
Sistema de Agrupamiento : Aislado o pareado
Altura máxima : 9,00 m.
Antejardín : 3m. en general y 5m. frente
a Avenidas G. Ulriksen, R
Bitrán, Cuatro Esquinas y
El Bosque.
B.- Incorpórese a la Zona ZC-12-2, dentro del Uso de Suelo de equipamiento autorizado, la clase "educación", bajo la condición de carga de ocupación que se señala en la Nota Nº1 de la tabla y exceptuándose los "centros de rehabilitación conductual". Con el objeto anterior, reemplácese la tabla de condiciones urbanísticas de la "Zona ZC-12-2, Parque Coll, Cendyr y otros" del Artículo 74, "Zonas Consolidadas, de Extensión y Productivas", Título V, Capítulo I, de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena, por la tabla que se adjunta al presente decreto.
2.- Publíquese en el Diario Oficial el presente Decreto Alcaldicio y la tabla correspondiente a la zona modificada: "Zona ZC-12-2, Parque Coll, Cendyr y otros" 3.- Archívense las tablas correspondientes a las zonas modificadas del artículo 74, Capítulo I del Título V de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de La Serena en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena y en la Municipalidad de La Serena.
4.- Remítase copia oficial del presente Decreto Alcaldicio junto a la Memoria Explicativa, Texto Resolutivo y tabla correspondiente, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, IV Región; a la Dirección de Desarrollo Urbano de dicha Secretaría y a la Dirección de Obras Municipales de La Serena.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- José Manuel Peralta León, Alcalde de La Serena (S).- María Mercedes Ábalos Córdova, Secretaria Municipal.