Artículo 10º: El Ministerio de Educación, para el desarrollo y ejecución del Programa que se reglamenta por el presente acto administrativo, suscribirá convenios con instituciones de educación superior destinados a:
a) suministrar el test de selección de los alumnos postulantes a la beca, e
b) impartir los cursos y/o talleres, previa presentación por aquéllos y aprobación de los programas educativos especiales por parte del Ministerio de Educación dirigidos a los alumnos beneficiarios y que se encuentren relacionados con algún área específica del conocimiento como matemáticas, física, química, biología, lenguaje, literatura, u otras, aun cuando sus contenidos no digan relación directa con el currículum escolar.
Para ello, el Ministerio de Educación elaborará Términos de Referencia o bases técnicas, según las áreas específicas de conocimiento a las que accedan los becarios.