Artículo 23.o Agrégase en el inciso primero del artículo 23.o de la ley número 14.836, lo que sigue:
    "Directores, Sub-Directores, Inspectores Generales de las Escuelas Normales Comunes y Superiores, Directoresy Sub-Directores de las Escuelas Anexas de Aplicación de las Escuelas Normales, Profesores Especialistas de Orientación Profesional, Profesores Guías de las Esculas de Aplicación Anexas a las Escuelas Normales y Personal Docente de las Escuelas Normales Comunes y Superiores.