Artículo 46.o Autorízase al Presidente de la República para que transfiera el dominio gratuita y definitivamente a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales y para la construcción del Liceo Fiscal de Cañete, los terrenos fiscales actualmente ocupados por el antiguo Hospital San Esteban de Cañete, inscrito a nombre del Fisco a fojas 23 vuelta bajo el número 55 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete, correspondiente al año 1895, que están constituídos por los sitios N.os. 659, 660, 661, 662, 663, 664 y 665 de la manzana N.o 80 del Plano Regulador de la ciudad y que deslindan en general: al norte con calle Tucapel; al sur con Fuerte Tucapel y calle Uribe; al oriente con calle Séptimo de Línea y al poniente, Fuerte de Tucapel y camino de Cintura.
Deróganse, en lo que fueren contrarias a la presente ley, las leyes N.os 13.942 y 14.524, de 1.o de Julio deLEY 15561
ART 15 1960 y 24 de Enero de 1961, respectivamente.
ART 15 1960 y 24 de Enero de 1961, respectivamente.