Artículo 13.o Los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que fueren designados en los cargos de Subsecretario o Director General como titulares conservarán la propiedad de sus cargos en el respectivo Escalafón del Servicio.
Sin embargo, al momento de hacer dejación de dichas funciones podrán ser designados en un cargo no inferior al de Consejero de la Planta del Servicio Exterior, siempre que hubieren desempeñado esas funciones por lo menos durante un año y tengan como mínimo diez años de servicios en el Ministerio de Relaciones Exteriores.